Asegurar el hogar en el que vivimos nos da tranquilidad y sosiego económico en caso de accidente o robo. Pero, ¿qué pasa cuando parte del espacio en el que habitamos es comunitario y su seguro no depende exclusivamente de nosotros? En este artículo hablamos de la comunidad de vecinos sin seguro y de los riesgos que puede suponer esta situación.
¿Es obligatorio que una comunidad tenga seguro?
Contar con un seguro de comunidad de vecinos ofrece una primera línea de defensa frente a imprevistos que pueden generar un importante desembolso económico, además de conflictos entre propietarios. No obstante, la Ley de Propiedad Horizontal no impone la obligatoriedad de suscribir una póliza comunitaria a nivel nacional, a excepción de que exista una normativa autonómica que lo exija, como es el caso de la Comunidad de Madrid y la Comunidad Valenciana.
Lo que sí impone la Ley de Propiedad Horizontal (Ley 49/1960, de 21 de julio) a la comunidad de vecinos es mantener el edificio en las condiciones básicas de seguridad, habitabilidad y accesibilidad universal.
Por otro lado, la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE, Ley 38/1999, de 5 de noviembre) exige a los propietarios conservar en buen estado la edificación y conservar la documentación y garantías, entre ellas los seguros con que cuente el edificio. Aunque de nuevo, no se especifica la obligatoriedad de contratar una póliza comunitaria.
¿Qué dice la ley en España y por comunidades autónomas?
A nivel estatal, el artículo 9.1.f de la Ley de Propiedad Horizontal señala que la comunidad puede, con cargo al fondo de reserva, suscribir un contrato de seguro que cubra los daños en la finca o establecer un contrato de mantenimiento permanente. En la práctica, esta disposición deja a criterio de la junta de propietarios la contratación de la póliza.
Sin embargo, como hemos comentado, las comunidades autónomas pueden imponer requisitos adicionales. De esta forma, en la Comunidad de Madrid, la Ley 2/1999 de Medidas de Calidad de Edificación establece que todos los edificios deben contar con un seguro que cubra riesgos de incendio y responsabilidad civil por daños a terceros, siendo una infracción grave no disponer de esta cobertura. De igual manera, la Ley de la Vivienda de la Comunidad Valenciana obliga a asegurar contra incendios y daños a terceros los elementos comunes de los edificios de viviendas, incluyendo sanciones para las comunidades que no lo cumplan.
Diferencias entre seguro obligatorio y recomendado
Un seguro de comunidad obligatorio está definido por una norma con rango de ley o reglamento que impone su suscripción y que establece sanciones por incumplimiento, como pueden ser multas administrativas o la imposibilidad de contratar ayudas públicas para mantenimiento.
En cambio, el seguro recomendado no conlleva sanciones si la comunidad decide no contratarlo, aunque sí supone un importante mecanismo de autoprotección frente a imprevistos.
Por tanto, la recomendación general para todas las comunidades de vecinos es la de contar con un seguro multirriesgo que incluya incendio y responsabilidad civil. Ya que además de la tranquilidad económica que supone, tener una póliza de comunidad agiliza la gestión de siniestros en la finca, evitando derramas extraordinarias que superan con creces el coste de la prima anual de la póliza.
¿Qué pasa si ocurre un siniestro y la comunidad de vecinos no tiene seguro?
Cuando se produce un incendio, inundación, daño estructural, o cualquier otro siniestro en la finca, y no existe una póliza comunitaria, los propietarios deben asumir los gastos de reparación en proporción a su cuota de participación en la comunidad, algo que se hace a través de derramas extraordinarias.
Estas derramas suelen ser imprevisibles, elevadas y pueden generar retrasos en el pago, disputas internas e incluso procedimientos judiciales por impago.
Además, conforme al artículo 22 de la Ley de Propiedad Horizontal, la comunidad de vecinos sin seguro responde de forma subsidiaria por responsabilidad civil frente a terceros cuando se causan daños a personas o bienes ajenos al edificio. Pero si la comunidad contase con un seguro multirriesgo, sería la aseguradora la encargada de asumir estos costes.
¿Qué cubre un seguro de comunidad y por qué es importante tenerlo?
Un seguro de comunidad de propietarios suele incluir las siguientes coberturas:
- Incendio y fenómenos atmosféricos. Cubre daños a muros, cubiertas, forjados y elementos estructurales por incendios, tempestades o filtraciones.
- Responsabilidad civil. Cubre reclamaciones de terceros por lesiones o daños materiales derivados de accidentes en las zonas comunes.
- Daños por agua. Cubre roturas de tuberías, inundaciones o filtraciones en instalaciones comunitarias.
- Daños en instalaciones. Electricidad, gas, ascensores y otras instalaciones generales.
- Robo y vandalismo. Cubre sustracción, daños por robo o actos vandálicos en elementos comunes.
- Asistencia y defensa jurídica. Gestiona servicios de urgencia y asesoría legal ante reclamaciones.
Pero además de todo esto, contar con una póliza que agrupe estas coberturas, facilita la gestión ante siniestros y reduce el riesgo de conflictos legales y financieros entre vecinos.
¿Cómo protegerte ante una comunidad de vecinos sin seguro?
Cualquier copropietario puede solicitar incluir en la orden del día de la junta de vecinos una propuesta para asegurar la comunidad. Y aunque no exista obligación legal en todas las comunidades autónomas, su aprobación por mayoría puede sortear la oposición de vecinos reacios a la contratación de esta póliza.
En el caso de una comunidad de vecinos sin seguro comunitario, cada propietario puede ampliar su seguro de hogar para incluir responsabilidad civil en zonas comunes y daños por fenómenos atmosféricos.
Otra forma de protegerse ante una comunidad de vecinos sin seguro es constituir un fondo de reserva robusto que cubra posibles siniestros y evite derramas urgentes y cuantiosas.
Y por último, es interesante recurrir a administradores de fincas o abogados especializados en propiedad horizontal para conocer las vías judiciales o administrativas en caso de disputas en una comunidad de vecinos sin seguro.
La obligatoriedad en regiones como Madrid y Valencia, y las claras ventajas de contar con una póliza multirriesgo, convierten al seguro comunitario en una inversión esencial para la estabilidad financiera y legal de las comunidades de propietarios. Puesto que adoptar estas medidas no solo reduce el impacto económico de los siniestros, sino que también refuerza la cohesión y la gobernanza de la comunidad, garantizando en todo momento la conservación del edificio y la protección de sus integrantes.